ATENCIÓN: Por disposición de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), desde noviembre de 2015 los pasaportes elaborados manualmente no tendrán validez para
viajes internacionales. Por ese motivo, esta oficina consular únicamente tramitará solicitudes de pasaportes mediante el sistema digital de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME),
lo cual requiere la presencia del solicitante en las oficinas del consulado para la toma de huellas digitales, fotografía y firma.
Estos pasaportes son elaborados en las oficinas la DGME en Costa Rica y posteriormente se remiten a La Haya para su retiro, por lo que tienen exactamente las mismas características que los
emitidos en Costa Rica.
La duración total del trámite, desde el día de la solicitud a la fecha de entrega, es de aproximadamente 10 días hábiles.
A. PASAPORTES PARA MAYORES DE EDAD
Requisitos:
DEBE ENVIAR POR CORREO ELECTRÓNICO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN PARA SOLICITAR LA CITA:
Procedimiento:
Solicite su cita al correo del Consulado: concr-nl@rree.go.cr
Por el mismo medio, recibirá confirmación de la cita, así como detalles sobre el monto y el procedimiento de pago.
El día de su cita, deberá aportar el original de la cédula, del pasaporte y de la denuncia ante las autoridades policiales (en los casos que aplica), así como fotocopias de cada uno de los documentos. *El Consulado no ofrece servicio de fotocopiado.*
Para retirar el pasaporte se debe presentar la cédula de identidad vigente.
Desde el año 2022, los pasaportes biométricos se emiten con una vigencia de 10 años, y no son renovables.
B. PASAPORTES PARA MENORES DE EDAD
Requisitos:
DEBE ENVIAR POR CORREO ELECTRÓNICO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN PARA SOLICITAR LA CITA:
Procedimiento:
Solicite su cita al correo del Consulado: concr-nl@rree.go.cr
Por el mismo medio, recibirá confirmación de la cita, así como detalles sobre el monto y el procedimiento de pago.
El día de la cita ambos padres deben presentarse con todos los requisitos y firmar una autorización para que se emita el pasaporte a la persona menor de edad. Si uno de los padres no está en los Países Bajos, debe primero presentarse en el Consulado de Costa Rica más cercano a su lugar de residencia o a la Dirección General de Migración y Extranjería en Costa Rica, para firmar una autorización para realizar el trámite.
Si los padres previamente han firmado un permiso de salida permanente de Costa Rica para el menor de edad, no es necesaria la presencia ni autorización de ambos padres en el Consulado. Es suficiente con que uno de los padres lo acompañe.
Para retirar el pasaporte, el padre o la madre debe presentar su cédula de identidad vigente. En caso de padres que no son costarricenses, deben presentar su pasaporte.
C. COSTOS DE LOS PASAPORTES (actualizado al 03-10-2024)
( No realizar ningún pago si el Consulado aún no se lo ha indicado )
Desde abril 2023, por disposición de la Dirección General de Migración y Extranjería y de Correos de Costa Rica, cada persona que tramite su pasaporte debe realizar dos pagos distintos antes de la cita en el Consulado :
IMPORTANTE: Por favor no realizar ningún pago si el Consulado aún no se lo ha indicado.
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Pago A |
Pago B |
¿Qué se paga? |
Envío del pasaportede Costa Rica a Países Bajos |
Confección del pasaporte |
¿A quién se le paga? |
Correos de Costa Rica |
Consulado de Costa Rica |
¿Cuándo se paga? |
CUANDO EL CONSULADO LE INDIQUE |
CUANDO EL CONSULADO LE INDIQUE |
¿Cuánto se paga? |
₡ 64,403.22 |
USD$ 76.00 |
¿En qué moneda se paga? |
Se paga en colones |
Se paga en euros |
¿Cómo se paga? |
A través de la plataforma especial en línea de Correos de Costa Rica:
https://correos.go.cr/pasaportes-consulados/
· El pago se tiene que realizar a nombre de la persona titular del pasaporte
· Se recomienda utilizar la plataforma desde una computadora de escritorio o desde una computadora portátil
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Por transferencia bancaria a la cuenta en euros del Consulado, siguiendo las indicaciones que el Consulado le brindará oportunamente |
D. SALVOCONDUCTOS
De acuerdo con la normativa migratoria costarricense los salvoconductos son documentos de viaje de emergencia, que le permiten al ciudadano costarricense hacer un único viaje de regreso a Costa Rica, donde deberá documentarse apropiadamente. Por ese motivo solo se emiten en circunstancias calificadas en que las circunstancias no permiten la emisión de pasaporte.
Requisitos:
Procedimiento:
Solicite su cita enviando un correo electrónico a concr-nl@rree.go.cr adjuntando todos los requisitos, así como fecha de emisión y de vencimiento de su pasaporte actual, si lo posee.