El permiso de salida para las personas menores de edad, es una autorización que el padre y madre, o el representante legal, otorga a una persona menor de edad para que pueda salir de Costa Rica.
Sin este permiso, las personas menores de edad costarricenses y las residentes legales en Costa Rica, no pueden salir del país.
Recuerde que todos los servicios de la Dirección General de Migración son gratuitos, solamente debe cancelar los costos que indica la ley por la expedición de los
documentos.
Este es un trámite gratuito para el cual se requiere una cita. Ambos padres deben presentarse al Consulado a otorgar el permiso.
Ambos padres deben presentarse al Consulado a solicitar el permiso,con los siguientes documentos:
En el caso de los padres o representante legal, deberán presentar junto con los documentos anteriores:
Este es un trámite gratuito para el cual se requiere una cita. Por favor sacar su cita en el siguiente botón.
Una vez entregada la documentación en el Consulado, esta será enviada a la sección de Salidas de Menores de la Dirección General de Migración y Extranjería, en donde se ingresará la información en el sistema.
Tanto ahí como en alguno de los aeropuertos internacionales u oficinas regionales de Migración y Extranjería, puede retirarse el permiso, con lo cual el menor podrá salir de Costa Rica.
Se debe indicar quién es la persona autorizada a retirar el permiso en Costa Rica y en qué lugar realizará el trámite.
El permiso temporal de salida de menor tendrá una vigencia de 30 días a partir del momento que Migración recibe la documentación.
Si uno de los padres se encuentra en Costa Rica, debe presentarse a las Oficinas de Migración en La Uruca en Salida de Menores para realizar el trámite respectivo, o bien puede dar su
autorización en algún consulado de Costa Rica, previa coordinación con el Consulado en el cual el otro progenitor dará su consentimiento.