Visas


Nota Importante:

 

Los nacionales de Los Países Bajos o de otro país de la Unión Europea no necesitan visa para visitar Costa Rica por motivos de turismo y podrían permanecer en el país hasta 180 días.

 

TODOS los extranjeros que deseen ingresar a Costa Rica deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener un pasaporte con al menos 3 meses de vigencia al momento de hacer ingreso a Costa Rica (el plazo es de 6 meses de vigencia para quienes sí necesitan visa).
  • Tener tiquete o boleto de transporte de vuelta o de continuidad hacia un tercer país.
  • Comprobar suficientes medios económicos para financiar su estancia turística en el país, que corresponde a US$100,00 por un período de hasta 30 días.
  • Si proviene de alguno de los países en riesgo de fiebre amarilla, debe presentar la certificación de la vacuna. Estos son: Angola, Benin, Burkina Faso, Camerún, República Democrática del Congo, Gabón, Gambia, Guinea, Liberia, Nigeria, Sierra Leona, Sudán, Bolivia, Venezuela, Brasil, Perú, Colombia, Ecuador y la República de Guyana. Para más información, presione AQUI.
  • Puede revisar los requisitos de Visa en el siguiente enlace: https://migracion.go.cr/Paginas/Visas.aspx

 

Para obtener la visa consular o restringida, el solicitante deberá cumplir con todos los siguientes requisitos:

 

1. Pasaporte con una vigencia mínima de seis meses.

2. Fotocopias de las páginas del pasaporte que muestren otras visas emitidas (es decir, EE. UU., Canadá).

3. Un formulario de solicitud (ver más abajo en esta página). Este es un documento oficial, por lo que sólo se aceptan formularios de solicitud emitidos en este Consulado.

4. 1 fotografía a color (tamaño pasaporte).

5. Su itinerario propuesto.

Se recomienda NO comprar su boleto de avión hasta que su visa haya sido aprobada.

6. Una carta personal o de la empresa que indique el propósito de su viaje en inglés o español. Si ha sido invitado por el gobierno o una institución pública o privada, solicite una carta en español dirigida a la “Dirección General de Migración y Extranjería” (traer una copia).

7. Comprobante de situación económica sólida (estados de cuenta bancarios, recibos de sueldo, de los últimos tres meses).

8. Carta en inglés o español dirigida al Cónsul en la que indique lo siguiente: nombre completo, nacionalidad, número de pasaporte, lugar de residencia, tiempo de permanencia prevista en Costa Rica, profesión, domicilio en Costa Rica, dirección de correo electrónico, número de teléfono y firma.

9. Antecedentes policiales, de su país de origen y de Holanda emitido al menos 1 mes antes de presentar la solicitud. Los documentos deben estar traducidos al español y apostillados.

10. Acta de nacimiento. El documento debe estar traducido al español y apostillado.


Las tarifas a pagar le serán comunicadas directamente por el Consulado, después del estudio del expediente.

 

 

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Formulario solicitud de visa
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Tiempo de procesamiento:

 

La Visa Consular es emitida por el Cónsul. Otros documentos pueden ser requeridos de acuerdo a las consideraciones del Cónsul. Una vez que tenga todos los documentos requeridos, envíe una copia al correo electrónico: concr-nl@rree.go.cr

Si su solicitud es aprobada, programaremos su cita en la que deberá presentarse en el Consulado y traernos todos los documentos originales. Se revisarán y, si están completos, se procesará su solicitud de visa.

En los casos de visa restringida, cuando la Dirección de Migración en San José apruebe la solicitud, nuestro Consulado recibirá una notificación de San José. Una vez que será procesada ahí, estamparemos la visa en su pasaporte.

La Oficina de Inmigración determinará la duración autorizada de su estancia. Generalmente, el proceso toma entre uno o dos meses, o más. Una vez aprobada su visa restringida, nuestro Consulado la procesará en 2-3 días hábiles. 

 

Información Adicional: Cualquier documento que muestre a las Autoridades de Migración en Costa Rica debe estar traducido al español y apostillado.

 


¿Tiene los documentos listos? Por favor escribir al correo concr-nl@rree.go.cr